top of page
Buscar
  • Foto del escritorJuan Pablo Blanca Pérez

¿Seremos los trabajadores sustituidos por robots?

Recientemente una sentencia del Juzgado de lo Social nº10 de las Palmas de Gran Canaria declaró improcedente el despido mediante el cual, un “bot” o “robot”, sustituía a una persona trabajadora.


La sentencia es clara al entender que "La automatización mediante bots o robots con la única excusa de reducir costes viene a significar lo mismo que reducir el derecho al trabajo para aumentar la libertad de empresa" . Según los hechos probados de la sentencia, una trabajadora de una multinacional turística fue despedida, tras 13 años trabajando en dicha empresa, para ser sustituida por un bot de software de gestión, máquina capaz de realizar tareas desde las 17.15 hasta las 06.00 en los días laborables, pudiendo trabajar hasta 24 horas seguidas durante los días festivos.


De igual forma, la sentencia ofrece un análisis extraído de informes realizados por empresas especializadas, en las que se detalla el porcentaje de puestos de trabajo en España que sufren un alto-medio riesgo de automatización, situándose estos entre el 69-71%, pronunciándose también sobre la incidencia que puede tener la robotización de los puestos de trabajo en los Derechos Sociales alcanzados por los trabajadores, en cuanto el "bot" puede estar trabajando 24 horas al día frente a un trabajador cuyos derechos son no trabajar más de 40 horas semanales de jornada diaria, sobre la limitación de horas extraordinarias para la persona trabajadora y sobre el ahorro en salario y en cotizaciones a la Seguridad Social, siendo ésta la que sostiene el Estado Social español.


En cualquier caso, debemos ser conscientes de que el impacto del cambio tecnológico es real en todas las facetas de la vida laboral, y es tarea del mundo empresarial y de las organizaciones sindicales y representantes del personal pactar los términos de las transformaciones y adaptaciones para que los cambios resulten positivos para las personas afectadas. ¿Ello quiere decir que sería conveniente que no hubiera casos como el que ha conocido, y resuelto, la sentencia analizada?.




11 visualizaciones0 comentarios
Publicar: Blog2_Post
bottom of page